16 de octubre de 2012

LOGROS DE LA REFORMA LABORAL



1. Se incluye el concepto de trabajo digno y decente al texto de la Ley.
2. Se incorporan disposiciones para regular la subcontratación.
3. Se incluye la tipificación como delito la contratación de menores de 14 años fuera del círculo familiar.
4. Se incluyen nuevas modalidades de contratación individual, con salario, prestaciones, seguridad social y antigüedad, lo que permitirá pasar de la informalidad a la formalidad y fomenta las fuentes de empleo
5. Se incluye nueva causal de rescisión de la relación de trabajo sin responsabilidad para el trabajador, consistente en que el patrón le exija la realización de actos, conductas o comportamientos que menoscaben o atenten contra su dignidad.
6. Se logra la limitación de salarios vencidos por despido injustificado a un año; si para entonces no se ha resuelto el juicio, se pagarán intereses de 2% sobre una base de quince meses de salario. Sanciones para quien promueva actuaciones y diligencias innecesarias y también inhabilitación y destitución para servidores públicos.
7. Se regula con mayor precisión el “pago por hora”.
8. Se establece la obligación patronal de contar con instalaciones adecuadas para el acceso y desarrollo de actividades de las personas con discapacidad, siempre que se trate de centros de trabajo con más de 50 empleados. Se concede un plazo de 36 meses para cumplir con esa obligación
9. Se logró incorporar la obligación de los patrones, de afiliarse ante el INFONACOT.
10. Se logró incorporar la prohibición de realizar conductas de acoso y hostigamiento sexual.
11. Se incluye la obligación de los patrones de apoyar a la autoridad jurisdiccional competente para el pago de las pensiones alimenticias.
12. Se incluye la prohibición de exigir a las mujeres certificados médicos de no embarazo, para el ingreso, permanencia o ascenso en el empleo.
13. Se incluye el concepto “Productividad”; y se replantea a las Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento y Comités Nacionales, las cuales estarían facultadas para establecer mecanismos que incrementen la productividad; permitan su medición; faciliten su instrumentación, y hagan efectiva la distribución equitativa de sus beneficios entre el patrón y los trabajadores.
 14. Se incluye la prohibición de despido de trabajadoras por estar embarazadas, cambien de estado civil o tengan a su cuidado hijos menores.
15. Se incluye la licencia de paternidad y de adopción (10 días con goce de sueldo).
16. Se incluye descanso -con goce de sueldo-, de 6 semanas posteriores a la adopción, para las madres trabajadoras.
17. Se incluye posibilidad de transferir hasta cuatro de las seis semanas previas al parto, para después del mismo. Y en caso de que los hijos hayan nacido con discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas, posteriores al parto.
18. Se incluye la posibilidad de reducir en una hora la jornada de trabajo, en sustitución de los actuales reposos de lactancia (de 30 minutos cada uno) durante los seis meses siguientes al parto.
19. Se incluyen disposiciones para regular las actividades de los menores de 14 años en actividades artísticas o deportivas
20. Se logra la supresión del escalafón ciego. Establece nuevos criterios para ocupar vacantes. Se privilegian la productividad y la aptitud.
21. Se logra incluir medidas protectoras a favor de los trabajadores del campo.
22. Se logra incluir medidas protectoras a favor de los trabajadores domésticos.
23. Se incorporan regulaciones para el trabajo en las minas de carbón
24. Se incluye la figura del teletrabajo
25. Se logró establecer en los estatutos de los sindicatos, medidas para favorecer el respeto del ejercicio del voto con modalidades que acuerde la asamblea general
26. Se logró el fortalecimiento del Servicio Nacional de Empleo (Capacitación y Adiestramiento).
27. Se logró establecer una periodicidad para actualizar las tablas de enfermedades y valuación de incapacidades permanentes.
28. Se logró establecer el Servicio Profesional de Carrera en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, para el ingreso, promoción, permanencia, evaluación de desempeño, separación y retiro de los servidores públicos de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
29. Se logró eliminar las Juntas de Conciliación, que actualmente ya no existen
30. Se logró incluir el concepto de “concesión federal” para que dentro de su acepción estén comprendidos los permisos y autorizaciones administrativos.
31. Se logra fortalecer las facultades de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo y profesionaliza a su personal
32. Se logró elevar la escolaridad de los inspectores del trabajo.
33. Se logró adecuar los requisitos para ser Presidente de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
34. Se logró establecer la profesionalización del personal jurídico de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.
35. Se lograron modificar las reglas para unificar los criterios de resolución de las Juntas Especiales.
36. Se lograron incluir como obligación de los Presidentes de las Juntas Especiales, cumplir y aprobar los procedimientos de evaluación de desempeño.
37. Se logró incorporar el principio de conciliación en el proceso laboral.
38. Se logró modificar las reglas relativas a las pruebas. Incluso se incluyó el uso de medios de prueba electrónicos.
39. Se incluye procedimiento sumario para los conflictos individuales de seguridad social.
40. Se logró incrementar el monto de las sanciones.

No se incluye: 
1. Considerar como información pública el contenido de los estatutos sindicales, contratos colectivos y reglamentos interiores de trabajo.
2. Procedimiento sumario para demandas de titularidad de contrato colectivo de trabajo y de administración de contrato ley
3.Reglas para la distribución de los bienes del Sindicato, en caso de disolución.
4. Disposiciones para evitar la celebración de los llamados “contratos de protección” en las relaciones colectivas de trabajo.
5. La posibilidad de que los patrones o terceros puedan solicitar el arbitraje para resolver los conflictos de huelga (arbitraje obligatorio).
6.Reglas para los procedimientos de conflictos colectivos de naturaleza económica.
 7.Negar el trámite a emplazamientos a huelga por incumplimiento al contrato colectivo o contrato ley, cuando no se precisen las violaciones y su forma de reparación.
8. Requisitos adicionales para los emplazamientos a huelga que tengan por objeto obtener del patrón la firma de un contrato colectivo de trabajo
9. Establece que no se dará trámite a emplazamientos a huelga por firma de contrato colectivo, cuando exista otro emplazamiento en trámite por el mismo objeto.
10.Restitución de bienes a terceros de buena fe en caso de huelgas estalladas, mediante un procedimiento paralelo (incidente), con el fin de brindar certidumbre jurídica a la inversión.
11. Prever en los procedimientos de huelga que si los trabajadores no concurren a la audiencia de conciliación, se ordenará el archivo del expediente y no podrán suspenderse labores
12. Voto libre, directo y secreto para el desahogo de la prueba de recuento de los trabajadores en conflictos de huelga y titularidad de contrato colectivo de trabajo y administración de Contrato Ley.

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